La Licencia Inmobiliaria en Baja California Sur: Un Requisito Indispensable
Por: Linda Neil
Al igual que debe proteger sus intereses al adquirir una propiedad en Estados Unidos o Canadá, al adquirir alguna propiedad en Baja California Sur, también debe tratar con un agente o corredor de bienes raíces licenciado en este estado. La única excepción a la regla es cuando se compra directamente con del titular de la propiedad.
La Ley de Licencias de Baja California Sur, Decreto 2454, entró en vigor el 20 de julio de 2017 y exige que cualquier persona que represente a un propietario externo que ofrece una propiedad en venta debe tener una licencia de bienes raíces válida y vigente. A los licenciatarios se les expide una credencial con su foto y firma. Las licencias se emiten por tres años, pero deben revisarse y confirmarse, con el pago de las tarifas correspondientes, cada año.
La ley de licencias en Baja California Sur está regulada por la Secretaría de Turismo y Economía (SETUES) y establece dos clases de licencias:
Agente Profesional Inmobiliario: Corredores que son personas físicas o los propietarios o directores de las inmobiliarias que tienen la responsabilidad legal de sus asesores. Esta licencia puede ser emitida a una persona física o a una empresa. La calificación consiste en presentar un comprobante de capacitación inmobiliaria de una institución calificada, además de un comprobante de domicilio y situación legal en el país. Si se trata de una empresa, también deberá presentar una copia de su constitución, situación fiscal, nombre y autorización legal de su administrador y deberá demostrar autorización para realizar transacciones inmobiliarias en su constitución social.
Asesor: Se otorga a quienes trabajan bajo la supervisión y con el permiso de sus Agentes, Corredores. En caso de que un Asesor abandone el empleo de su Corredor, la autorización de la licencia se cancela y no podrá realizar negocios inmobiliarios hasta que se le otorgue una nueva autorización para trabajar con un nuevo corredor o hasta que el Asesor haya obtenido la calificación de Agente Profesional, Corredor.
El Artículo 11 de la Ley establece que los Notarios Públicos están obligados a verificar la licencia del Corredor en cualquier asunto relacionado con una transacción inmobiliaria, A MENOS que se trate de una transacción directamente entre comprador y vendedor sin la participación de agentes, tal como lo dispone el Artículo Tercero de la ley.
El Artículo 19 de la Ley estipula que cualquier persona o empresa que actúe como representante en una transacción inmobiliaria sin una licencia válida y vigente se expone a una multa muy considerable y también puede ser responsable de cargos civiles o penales. Además, la licencia puede ser suspendida o revocada dependiendo de la gravedad del asunto.
Las autoridades pueden inspeccionar cualquier oficina en cualquier momento para verificar el cumplimiento de la ley (artículo 24).
Además de la ley de bienes raíces en Baja California Sur, existe la NOM 247 supervisada por PROFECO, la entidad mexicana de protección al consumidor, y tres organizaciones profesionales que regulan las actividades de agentes y corredores. Son AMPI Los Cabos, AMPI La Paz y MLSBCS, el sistema estatal de listado múltiple.
Para aquellos que estén considerando la compra de una propiedad en Baja California Sur, estas entidades supervisan y apoyan la aplicación de la calidad y el profesionalismo de sus corredores y agentes. Baja California Sur probablemente goza de una gobernanza más estricta y ofrece mayor protección al comprador que cualquier otro estado del país. Es muy importante, si está considerando comprar una propiedad en México, tratar únicamente con un individuo licenciado.
Al igual que debe proteger sus intereses al adquirir una propiedad en Estados Unidos o Canadá, al adquirir alguna propiedad en Baja California Sur, también debe tratar con un agente o corredor de bienes raíces licenciado en este estado. La única excepción a la regla es cuando se compra directamente con del titular de la propiedad.
La Ley de Licencias de Baja California Sur, Decreto 2454, entró en vigor el 20 de julio de 2017 y exige que cualquier persona que represente a un propietario externo que ofrece una propiedad en venta debe tener una licencia de bienes raíces válida y vigente. A los licenciatarios se les expide una credencial con su foto y firma. Las licencias se emiten por tres años, pero deben revisarse y confirmarse, con el pago de las tarifas correspondientes, cada año.
La ley de licencias en Baja California Sur está regulada por la Secretaría de Turismo y Economía (SETUES) y establece dos clases de licencias:
Agente Profesional Inmobiliario: Corredores que son personas físicas o los propietarios o directores de las inmobiliarias que tienen la responsabilidad legal de sus asesores. Esta licencia puede ser emitida a una persona física o a una empresa. La calificación consiste en presentar un comprobante de capacitación inmobiliaria de una institución calificada, además de un comprobante de domicilio y situación legal en el país. Si se trata de una empresa, también deberá presentar una copia de su constitución, situación fiscal, nombre y autorización legal de su administrador y deberá demostrar autorización para realizar transacciones inmobiliarias en su constitución social.
Asesor: Se otorga a quienes trabajan bajo la supervisión y con el permiso de sus Agentes, Corredores. En caso de que un Asesor abandone el empleo de su Corredor, la autorización de la licencia se cancela y no podrá realizar negocios inmobiliarios hasta que se le otorgue una nueva autorización para trabajar con un nuevo corredor o hasta que el Asesor haya obtenido la calificación de Agente Profesional, Corredor.
El Artículo 11 de la Ley establece que los Notarios Públicos están obligados a verificar la licencia del Corredor en cualquier asunto relacionado con una transacción inmobiliaria, A MENOS que se trate de una transacción directamente entre comprador y vendedor sin la participación de agentes, tal como lo dispone el Artículo Tercero de la ley.
El Artículo 19 de la Ley estipula que cualquier persona o empresa que actúe como representante en una transacción inmobiliaria sin una licencia válida y vigente se expone a una multa muy considerable y también puede ser responsable de cargos civiles o penales. Además, la licencia puede ser suspendida o revocada dependiendo de la gravedad del asunto.
Las autoridades pueden inspeccionar cualquier oficina en cualquier momento para verificar el cumplimiento de la ley (artículo 24).
Además de la ley de bienes raíces en Baja California Sur, existe la NOM 247 supervisada por PROFECO, la entidad mexicana de protección al consumidor, y tres organizaciones profesionales que regulan las actividades de agentes y corredores. Son AMPI Los Cabos, AMPI La Paz y MLSBCS, el sistema estatal de listado múltiple.
Para aquellos que estén considerando la compra de una propiedad en Baja California Sur, estas entidades supervisan y apoyan la aplicación de la calidad y el profesionalismo de sus corredores y agentes. Baja California Sur probablemente goza de una gobernanza más estricta y ofrece mayor protección al comprador que cualquier otro estado del país. Es muy importante, si está considerando comprar una propiedad en México, tratar únicamente con un individuo licenciado.
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