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Ser emprendedor tiene implicaciones fiscales

Por: Lic. Hans Vázquez

Si eres o estás por ser el próximo emprendedor, es importante que conozcas tus derechos, así como los panoramas ante los que debes estar prevenido, ya sea como persona física o moral.
Si eres o estás por ser el próximo emprendedor, es importante que conozcas tus derechos, así como los panoramas ante los que debes estar prevenido, ya sea como persona física o moral.
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¿A quién no le ha pasado por la cabeza crear sus propios ingresos, poniendo un negocio, despacho o consultorio? Sin embargo, a pesar de conocer un poco sobre el mundo de las finanzas, sucede que dejamos los asuntos fiscales en un segundo plano, procastinándolos.

Es importante conocer los regímenes fiscales que delimitan ciertas o diversas obligaciones fiscales, evidentemente conforme a las actividades económicas que desarrolles.

En base a ello se genera o actualiza nuestro RFC dentro del portal de la autoridad, toda vez que debemos de seleccionar la(s) actividad(es) económica(s) que nos corresponden dentro de un catálogo bastante amplio. Una vez efectuado lo anterior, el sistema automáticamente te indicará las actividades y obligaciones fiscales concernientes.

Cabe precisar que uno de los principales aspectos a determinar para la identificación del régimen correcto, es identificar si necesitas o no título profesional para realizar tus actividades. En caso de ser necesario el ser profesionista, deberás tributar en el “régimen de actividades profesionales y empresariales”, de lo contrario podrás (y desde luego que te conviene) ingresar al “régimen de incorporación fiscal”, mejor conocido como RIF.

En el RIF tendrás la obligación de presentar declaraciones bimestrales a través de una plataforma simplificada denominada “MIS CUENTAS”, la cual registra los gastos de manera automática al momento de emitir la factura (CFDI) correspondiente, la misma podrá ser expedida de manera individual, global o de nómina en caso de tener empleados; asimismo podrás estar exento del pago del ISR, IVA y IEPS durante el primer año, ya que tienes una reducción del 100% y disminuye de forma gradual 10% cada año.

Por otro lado, las obligaciones del régimen de actividades profesionales y empresariales, son las de presentar declaraciones mensuales y anuales para calcular el ISR y el IVA, para lo cual necesitas tener el debido registro de tus ingresos, gastos y retenciones para capturarlos en la aplicación declaraciones y pagos.

Me permito concluir con los siguientes consejos:
1. Evita la informalidad, pues las consecuencias pueden ser cuantiosas (determinación de omisiones, multas, recargos y actualizaciones);

2. Delimita correctamente tus actividades económicas, pues de ello dependerá el régimen que te corresponda elegir bajo el consejo de un experto en la materia;

3. Separa tus finanzas personales de las de tu negocio, identificando los gastos estrictamente indispensables de tu actividad, para evitar malos entendidos con la autoridad fiscal.

4. Considera contratar a un contador o fiscalista para aprovechar al máximo los beneficios fiscales contenidos en Ley, Reglamentos y Resoluciones Misceláneas Fiscales; en su caso, puedes acudir a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, para que de manera gratuita te brinden en servicio de orientación y asesoría.

¿A quién no le ha pasado por la cabeza crear sus propios ingresos, poniendo un negocio, despacho o consultorio? Sin embargo, a pesar de conocer un poco sobre el mundo de las finanzas, sucede que dejamos los asuntos fiscales en un segundo plano, procastinándolos.

Es importante conocer los regímenes fiscales que delimitan ciertas o diversas obligaciones fiscales, evidentemente conforme a las actividades económicas que desarrolles.

En base a ello se genera o actualiza nuestro RFC dentro del portal de la autoridad, toda vez que debemos de seleccionar la(s) actividad(es) económica(s) que nos corresponden dentro de un catálogo bastante amplio. Una vez efectuado lo anterior, el sistema automáticamente te indicará las actividades y obligaciones fiscales concernientes.

Cabe precisar que uno de los principales aspectos a determinar para la identificación del régimen correcto, es identificar si necesitas o no título profesional para realizar tus actividades. En caso de ser necesario el ser profesionista, deberás tributar en el “régimen de actividades profesionales y empresariales”, de lo contrario podrás (y desde luego que te conviene) ingresar al “régimen de incorporación fiscal”, mejor conocido como RIF.

En el RIF tendrás la obligación de presentar declaraciones bimestrales a través de una plataforma simplificada denominada “MIS CUENTAS”, la cual registra los gastos de manera automática al momento de emitir la factura (CFDI) correspondiente, la misma podrá ser expedida de manera individual, global o de nómina en caso de tener empleados; asimismo podrás estar exento del pago del ISR, IVA y IEPS durante el primer año, ya que tienes una reducción del 100% y disminuye de forma gradual 10% cada año.

Por otro lado, las obligaciones del régimen de actividades profesionales y empresariales, son las de presentar declaraciones mensuales y anuales para calcular el ISR y el IVA, para lo cual necesitas tener el debido registro de tus ingresos, gastos y retenciones para capturarlos en la aplicación declaraciones y pagos.

Me permito concluir con los siguientes consejos:
1. Evita la informalidad, pues las consecuencias pueden ser cuantiosas (determinación de omisiones, multas, recargos y actualizaciones);

2. Delimita correctamente tus actividades económicas, pues de ello dependerá el régimen que te corresponda elegir bajo el consejo de un experto en la materia;

3. Separa tus finanzas personales de las de tu negocio, identificando los gastos estrictamente indispensables de tu actividad, para evitar malos entendidos con la autoridad fiscal.

4. Considera contratar a un contador o fiscalista para aprovechar al máximo los beneficios fiscales contenidos en Ley, Reglamentos y Resoluciones Misceláneas Fiscales; en su caso, puedes acudir a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, para que de manera gratuita te brinden en servicio de orientación y asesoría.

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