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Por: Lic. Hans Vázquez

Si eres persona física que iniciará una actividad empresarial, profesional o que otorgará el uso o goce temporal de bienes, podrás inscribirte en el RESICO en cualquier momento del año.
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Como sabemos el 01 de enero del 2022 entró en vigor el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), en el cual se pueden inscribir las personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales – incluidas las agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícolas-, servicios profesionales o que otorguen el uso o goce temporal de bienes. Entre las características de este régimen se encuentra que los ingresos obtenidos en el ejercicio fiscal por dichas actividades no deberán exceder de tres millones quinientos mil pesos, por lo que,si vas a iniciar las actividades en comento y estimas que no rebasarás ese monto, podrás inscribirte en el RESICO. Para tal efecto, en la regla 3.13.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022,reformada en la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, dispuso que las personas físicas que soliciten su inscripción en el RESICO deberán realizarlo en términos de lo establecido en la ficha de trámite 39/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas” del Anexo 1-A de dicha Resolución Miscelánea Fiscal. De esta forma, si eres una persona física que iniciará su actividad económica por actividades empresariales -incluidas las agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícolas-, servicios profesionales o que otorgará el uso o goce temporal de bienes, y estimas que los ingresos que obtendrás por dichas actividades en el ejercicio fiscal no excederán de tres millones quinientos mil pesos, recuerda que podrás presentar tu aviso de inscripción en el RESICO dentro del mes siguiente al día de inicio de tu actividad, lo cual podrá ser en cualquier momento del año.

Si tienes dudas, o bien, sobre otros temas de carácter fiscal, acércate a PRODECON contactándonos a través de los servicios gratuitos de asesoría remota, que están a tu disposición: a través de nuestro Chat en línea ingresando en: https://bit.ly/3jMHwAD; correo electrónico: [email protected]; vía telefónica llamando al (612) 2232750; mediante una Asesoría personalizada remota vía zoom solicitando tu cita en: https://www.prodecon.gob.mx/index.php/home/citas, o bien, de manera presencial en la dirección Blvd. 5 de febrero S/N, Local 35-A Tercer Piso, Esquina Josefa Ortiz de Domínguez y Lic. Verdad, Colonia Pueblo Nuevo, C.P. 23060, Plaza San Diego.

Como sabemos el 01 de enero del 2022 entró en vigor el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), en el cual se pueden inscribir las personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales – incluidas las agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícolas-, servicios profesionales o que otorguen el uso o goce temporal de bienes. Entre las características de este régimen se encuentra que los ingresos obtenidos en el ejercicio fiscal por dichas actividades no deberán exceder de tres millones quinientos mil pesos, por lo que,si vas a iniciar las actividades en comento y estimas que no rebasarás ese monto, podrás inscribirte en el RESICO. Para tal efecto, en la regla 3.13.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022,reformada en la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, dispuso que las personas físicas que soliciten su inscripción en el RESICO deberán realizarlo en términos de lo establecido en la ficha de trámite 39/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas” del Anexo 1-A de dicha Resolución Miscelánea Fiscal. De esta forma, si eres una persona física que iniciará su actividad económica por actividades empresariales -incluidas las agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícolas-, servicios profesionales o que otorgará el uso o goce temporal de bienes, y estimas que los ingresos que obtendrás por dichas actividades en el ejercicio fiscal no excederán de tres millones quinientos mil pesos, recuerda que podrás presentar tu aviso de inscripción en el RESICO dentro del mes siguiente al día de inicio de tu actividad, lo cual podrá ser en cualquier momento del año.

Si tienes dudas, o bien, sobre otros temas de carácter fiscal, acércate a PRODECON contactándonos a través de los servicios gratuitos de asesoría remota, que están a tu disposición: a través de nuestro Chat en línea ingresando en: https://bit.ly/3jMHwAD; correo electrónico: [email protected]; vía telefónica llamando al (612) 2232750; mediante una Asesoría personalizada remota vía zoom solicitando tu cita en: https://www.prodecon.gob.mx/index.php/home/citas, o bien, de manera presencial en la dirección Blvd. 5 de febrero S/N, Local 35-A Tercer Piso, Esquina Josefa Ortiz de Domínguez y Lic. Verdad, Colonia Pueblo Nuevo, C.P. 23060, Plaza San Diego.

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