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PDU su Importancia en el Desarrollo

Por: Mtro. Ussiel Garcia

El desarrollo de un territorio es en esencia un proceso integral donde desde la óptica del estado, está dirigido y regulado a través de instituciones e instrumentos de planeación; coordinación, organización y participación; información y evaluación; gestión; normativos y de regulación; financieros y fiscales.

En este sentido, de acuerdo con la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo (LGAHOTDU), la planeación y regulación del ordenamiento territorial y del desarrollo urbano, se lleva a cabo a través de:

– La estrategia nacional de ordenamiento territorial.

– Los programas estatales de ordenamiento territorial y desarrollo urbano.

– Los programas de zonas metropolitanas o conurbaciones.

– Los programas municipales de desarrollo urbano, y

– Los programas de desarrollo urbano que determinen la legislación estatal de desarrollo urbano correspondiente.

De acuerdo con la LGAHOTDU, tales instrumentos de planeación deben conducirse en apego a los siguientes principios de política pública: Derecho a la Ciudad; Equidad e Inclusión; Derecho a la Propiedad Urbana; Participación Democrática y Transparencia; Protección y Progresividad del Espacio Público; Resiliencia, Seguridad Urbana y Riesgos; Sustentabilidad Ambiental; Accesibilidad Universal y Movilidad.

Asimismo, en los programas de desarrollo urbano se establecen las áreas consideradas como no urbanizables, así como las áreas de reservas para la expansión de los centros urbanos. Se establece la zonificación como determinación de usos y destinos del suelo, que incluye:

– Las áreas de valor ambiental y de alto riesgo no urbanizables, localizadas en los centros de población.

– La red de vialidades primarias que estructure la conectividad, la movilidad y la accesibilidad universal, así como a los espacios públicos y equipamientos de mayor jerarquía.

– Las zonas de conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población.

– La identificación y las medidas necesarias para la custodia, rescate y ampliación del espacio público, así como para la protección de los derechos de vía.

Las reservas territoriales, priorizando las destinadas a la urbanización progresiva en los centros de población.

– Las normas y disposiciones técnicas aplicables para el diseño o adecuación de destinos específicos tales como vialidades, parques, plazas, áreas verdes o equipamientos que garanticen las condiciones materiales de la vida comunitaria y la movilidad.

– La identificación y medidas para la protección de las zonas de salvaguarda y derechos de vía, especialmente en áreas de instalaciones de riesgo o sean consideradas de seguridad nacional.

Además, en los programas de desarrollo urbano se establece el aprovechamiento de áreas y predios ejidales o comunales comprendidos dentro de los límites de los centros de población o que formen parte de las zonas de urbanización ejidal y de las tierras del asentamiento humano en ejidos y comunidades.

Para todo lo anterior, se establecen estrategias, líneas de acción y una cartera de proyectos, acompañados de instrumentos técnicos, jurídicos, normativos o financieros que posibiliten llevarlos a cabo. Los programas de desarrollo urbano, al contar con una visión de futuro, vigencia legal, obligatoriedad, así como con las responsabilidades que establecen, se constituyen como instrumentos de planeación de amplia relevancia para el desarrollo de un territorio.

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