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En los seguros, es más importante saber qué no paga tu póliza

Por: Ing. Arandi Torres

Cuando buscas una asesoría en seguros para proteger tus bienes ya sean personales o empresariales, encuentras ofertas que parecen muy buenas, generalmente descritas con las palabras “cobertura amplia”, “cobertura total”, “cubre todo”, etcétera.

Es común que un agente de ventas que encuentras en los bancos o hasta tiendas de electrodomésticos, tenga metas qué cumplir, pero no la capacitación para explicarte todos los detalles que necesitas saber antes de firmar un contrato en el que te describen cómo te pagarían en caso de presentarse un evento inesperado. Eso lo sé porque uno de mis mejores asesores fue gerente de un banco muy exitoso y él mismo reconoce que las capacitaciones que les dan en los bancos son muy básicas.

En realidad, no saben qué deben hacer sus clientes cuando llega el momento del incidente, siendo la respuesta más frecuente que se comuniquen al número telefónico que viene en su póliza de seguro. Y es ahí donde finalmente te das cuenta de todas las cosas que no están incluidas en tu póliza.

Bien, empecemos por lo más sencillo: una póliza de seguro no es más que un contrato en el que intervienen al inicio dos partes; una es quien compra y paga como contratante de la póliza de seguro, y la otra es la compañía de seguros, como quien adquiere la responsabilidad de reponer o pagar por los daños que ocurran en tus bienes, en tu persona o los que ocasiones a alguien más.

Ese contrato contiene glosario de términos que explica claramente los conceptos para evitar malas interpretaciones, e incluye lo que la póliza cubre sección por sección. Esto es muy importante porque en la sección de incendio te puede decir que no está cubierto huracán y podrías pensar que, si lo contrataste, debería decir que está incluido. Sin embargo, cada sección contiene qué cubre y todavía más importante, qué no cubre tu contrato de seguro.

Todo lo que sea antecedido por las palabras “…mediante el pago de la prima correspondiente…” significa que no está incluido por automático, que se te debió presentar la propuesta con su sección en la carátula de la cotización y posteriormente en la póliza, que diga “Amparada”, “Incluida”, “Sub-límite” o cierta cantidad elegida. Lo más recomendable es comprar un seguro “A todo riesgo” que significa que todo lo que no esté expresamente excluido en la póliza, está incluido (cumpliendo con las condiciones de aseguramiento del contrato).

Lo anterior amplía mucho el margen de cobertura, ya que sería mucho más larga la lista de lo que está incluido si quisiéramos contemplar todo suceso posible dentro y fuera de nuestra imaginación y experiencia. Este tipo de seguros son mis favoritos, contra los que son “a riesgos nombrados” que cubren solo lo que está escrito en la lista de riesgos en el contrato. Por supuesto, es más económico, pero corres el riesgo de que, exactamente lo que te pasó, eso no estaba incluido y ya no te pagó el seguro.

Sabiendo que el contrato, tiene un glosario, tiene secciones de cada cobertura y tiene la explicación de cómo cubre los daños a tus bienes amparados, a continuación veremos un concepto de los más importantes: las Exclusiones, es decir, lo que no está cubierto en tu póliza de seguro. Cada sección de bienes y riesgos que se pueden incluir en tu póliza, tiene integradas las exclusiones; es el texto que resalta por estar impreso en negritas y con un tamaño ligeramente más grande que el resto del contrato.

No hay excusa para no saber qué está excluido en tu seguro, ya sea que encuentres que no están incluidos los murales, o los daños por falta de mantenimiento, o las inundaciones en terrazas que no tienen desagües del tamaño adecuado, o los bienes bajo del nivel del suelo que en algunos casos los puedes incluir si los declaras, todo lo que expresamente no te va a cubrir el seguro, está ahí; si no está en una póliza a todo riesgo, entonces está incluido.

Para aquellas empresas que tienen colaboradores, en una póliza empresarial, los gastos médicos que sufran sus empleados no están cubiertos, se nos exige tener dados de alta a nuestro personal ante el IMSS, esa es la razón de la exclusión. Otra exclusión muy común en este tipo de pólizas empresariales es la culpa inexcusable de la persona asegurada, tratando así de evitar que quien se beneficiaría con el cobro del seguro, no se ocasione los daños.

Cada compañía de seguros decide qué tanto, hasta dónde y cómo cubrir a sus asegurados. El contrato de seguro se rige por la Ley sobre el Contrato de Seguros, por la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, y por autoridades como la AMIS (Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros) y la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Todos estos organismos tienen una visión principal. En el momento en el que la Ley no sea clara sobre las obligaciones y alcances de una póliza de seguros, la interpretación siempre será a favor del usuario del servicio, en este caso, de la persona asegurada.

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